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Por: Mario Alberto Quiñones, coordinador de la CCCM en Norte de Santander

La Conferencia Global para la Reclamación de la Protección de Civiles en el Marco del Derecho Internacional en Oslo, los días 23 y 24 de mayo pasados, supuso la conclusión de una serie de reuniones regionales, Jakarta (2010), Buenos Aires (2011), Kampala (2012) y Viena (2013), en las cuales expertos de gobiernos y organizaciones del mundo pudieron emitir recomendaciones para fortalecer la protección de civiles bajo el DIH.

Su objetivo principal consistió en identificar los retos que suponen los conflictos armados tradicionales y asimétricos de cara a la protección de civiles, teniendo en cuenta el incremento de poblaciones afectadas en países como Siria, Irak, Pakistán, Afganistán y Colombia. Este último ubicado en el décimo escalafón mundial de bajas civiles con 317 durante 2012, tal como lo expuso la ONG Action on Armed Violence en su intervención.

Esta crítica situación del país conllevó a que la Campaña Colombiana Contra Minas participara activamente en dicha conferencia, tanto en plenaria como en encuentros bilaterales, no sólo emitiendo recomendaciones sino también planteando la débil protección que en el país reciben poblaciones y grupos vulnerables como niños, niñas, jóvenes y adolescentes, indígenas y erradicadores.

Como resultado de la conferencia se pudo condensar un documento con cinco recomendaciones expuestas a continuación:

1. Reducción de Daño a Civiles en Operaciones Militares

Los Estados y otros actores de un conflicto armado deben asegurarse que el DIH sea propiamente reflejado dentro de las doctrinas y procedimientos en el uso de la fuerza. De hecho, se debe buscar identificar medidas prácticas más allá de las sugeridas para ser utilizadas antes, durante y después de las operaciones y así reducir los daños a civiles. Entre esas medidas deben ser incorporadas la reducción del fuego indirecto y otros métodos de guerra en áreas donde pueda existir daño colateral con civiles.

Así mismo, las partes en el conflicto deben hacerse responsables del impacto a largo término por el uso de ciertas tácticas y medios de combate, sobre todo aquellas que puedan causar daño incidental en la población civil por el uso de ciertas armas y la presencia de remanentes explosivos de guerra. Estas responsabilidades deben ser tenidas en cuentas también si causan desplazamientos forzados.

Así mismo, se debe tener en cuenta que la utilización de ciertas armas están prohibidas, particularmente el uso de minas antipersonales, por lo que se insta a que éstas sean desactivadas y en su proceso, marcadas, identificadas y señaladas.

Por último, la utilización de UAV’s (Unmanned aerial vehicles – Vehiculos aéreos no tripulados) debe respetar las reglas de distinción proporcionalidad y precaución, por lo que su utilización en combate debe procurar por no dañar a civiles.

2. Fortalecimiento de la Protección por Actores Humanitarios a Civiles Afectados por Conflictos Armados.

Los actores parte de un conflicto deben asegurarse de tomar todas las medidas necesarias para la asegurar la asistencia a quienes la requieran. En este sentido se deben eliminar barreras burocráticas que impidan a los actores humanitarios realizar este proceso.

Así mismo se necesita de una activa diplomacia humanitaria que debe ser promovida para facilitar el rápido acceso humanitario que asegure el respeto por, y la protección de, personal humanitario, incluyendo personal médico, hospitales y ambulancias en todas las situaciones.

3. Promover la aceptación del DIH durante los conflictos armados.

Los Estados no sólo tienen la obligación de respetar el DIH, sino también la de asegurar el respeto por parte de terceros, por lo que tienen un compromiso ético de exigir su aceptación en conflictos armados internacionales. Dicho compromiso puede ser ejecutado a través de una diplomacia directa, siempre y cuando se respeten los parámetros del Derecho Internacional Público, o través de canales diplomáticos junto con escenarios multilaterales.

Así mismo, los Estados y otros actores deben participar activamente en el proceso de búsqueda y vías de exploración concretas en el fortalecimiento de la aceptación del DIH, para ello entre otros, deberá fomentarse la aplicación de las diferentes Resoluciones de Protección a Civiles y Mujeres, Paz y Seguridad del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.

4. Intensificar la Documentación de la Conducta de las Operaciones Militares.

Las partes de un conflicto deben asegurar la documentación apropiada de la conducta en las operaciones militares, incluyendo los tipos y ubicaciones de las armas explosivas utilizadas, áreas que podrían estar contaminadas por municiones sin explotar y donde fuera posible el número de bajas civiles ocasionadas, preferiblemente desagregadas por género.

El seguimiento de esta información, así como el análisis de incidentes, debe ser utilizado para aprender de experiencias pasadas y adaptar directivas tácticas para minimizar el daño incidental a civiles en futuras operaciones.

Por otro lado, todos los mecanismos relevantes que deben ser utilizados para asegurar la efectiva documentación deben incluir principios de transparencia y precisión, así como deben asegurar su fácil acceso para análisis por diversos actores incluyendo organizaciones de la sociedad civil.

5. Fortalecer la Responsabilidad.

La responsabilidad individual criminal es la clave para asegurar el cumplimiento del DIH, por tal razón, reprimir los crímenes internacionales es la primera y más importante obligación de los Estados.

En ese orden de ideas, cada Estado debe asegurarse de adoptar legislaciones para el procesamiento de personas sospechosas de genocidio, crímenes contra la humanidad, crímenes de guerra y violaciones de derechos humanos. Los Estados bajo ninguna excepción garantizaran amnistías para ninguno de este tipo de crímenes. En ese sentido, hay una necesidad de los Estados para cooperar con el propósito de articular mecanismos de búsqueda y responsabilidad.

Por último es imperativo el fortalecimiento de mecanismos de justicia regional tales como los Tribunales ad hoc, como la Corte Penal Internacional, para ello, se insta a los países que aún no forman parte, a ratificar el tratado del Estatuto de la Corte Penal Internacional.

Estas consideraciones fueron ratificadas como sugerencias que los Estados deben tener en cuenta para la protección de civiles en el marco del Derecho Internacional Humanitario. En este aspecto para la CCCM, fue importante solicitar a los participantes la necesidad de realizar un encuentro regional en Colombia que permitiera detallar estrategias y necesidades específicas aplicables al contexto latinoamericano, de esta manera encontrar acciones puntuales y precisas que propendan cada vez más por la protección de los civiles en el marco del Derecho Internacional Humanitario.

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